FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA.
La Firma Electrónica Avanzada "Fiel" es un
conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es
identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se
tratara de una firma autógrafa.
Por sus características, la Fiel brinda seguridad a las
transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su uso se puede
identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificado.
Su diseño se basa en estándares internacionales de
infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en inglés: Public Key
Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves para el envío de
mensajes:
La "llave o clave privada" que únicamente es
conocida por el titular de la Fiel, que sirve para cifrar datos; y
La "llave o clave pública", disponible en Internet
para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos, con la que se
descifran datos. En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje
utilizando una llave que no corresponda.
La Firma Electrónica Avanzada (Fiel), a diferencia de la
Contraseña, es un mecanismo de acceso más completo, toda vez que para su
obtención, es necesario recabar datos biométrico (datos de identidad (fotografía,
huellas dactilares, escaneo de iris, captura de firma autógrafa y escaneo de
documentos) ; asimismo, la Fiel se conforma de una clave privada, un
certificado y una contraseña de acceso, teniendo el mismo peso jurídico que una
firma autógrafa; mientras que la Contraseña, es solo un mecanismo de acceso
conformado por el RFC y la contraseña.
En México:
Las dependencias del gobierno federal y órganos
desconcentrados que utilizan firmas electrónicas para la presentación de
trámites de manera remota son:
·
Enlace a un sitio externo Banco de México
·
Enlace a un sitio externo Secretaría de la
Función Pública
·
Secretaría de Economía
·
Enlace a un sitio externo Instituto Mexicano del
Seguro Social
SERVICIOS QUE
UTILIZAN FIEL
Servicios que la utilizan
obligatoriamente:
·
PEDIMENTOS ADUANALES
·
A partir del 1° de abril de 2005 para la
elaboración y transmisión de pedimentos por parte de agentes aduanales,
mandatarios y apoderados.
·
Declaración patrimonial de funcionarios públicos
(DECLARANET).
·
DICTÁMENES FISCALES
·
A partir del 2005 para los Contadores Públicos
Registrados y los contribuyentes que dictaminan estados financieros.
·
EXPEDIENTE INTEGRAL DEL CONTRIBUYENTE
·
Esta
nueva alternativa de consulta le permite mantenerse al tanto de su
situación fiscal así como el estado de sus obligaciones fiscales sin tener que
trasladarse a alguno de los módulos de atención del SAT.
·
COMPROBANTES FISCALES DIGITALES
·
A partir del 2005 usted puede emitir
comprobantes fiscales de manera electrónica.
Utilice la Fiel para solicitar los folios y certificados de sello
digital requeridos para la emisión de comprobantes.
·
DONATARIAS AUTORIZADAS
·
Para presentar vía electrónica el aviso en el
que, bajo protesta de decir verdad, se declare seguir cumpliendo con los
requisitos y obligaciones para continuar con la autorización.
·
DEVOLUCIONES CUYO IMPORTE SEA MAYOR O IGUAL A
13,970 PESOS ACTUALIZADOS
·
Los contribuyentes que tengan cantidades a su
favor cuyo monto sea igual o superior a 13,970 pesos (actualizados) y soliciten
su devolución, además de reunir los requisitos a que se refieren las
disposiciones fiscales, en el momento de presentar la solicitud deberán contar
con Fiel.
·
PADRÓN DE IMPORTADORES
·
Aquellos contribuyentes que soliciten la
inscripción al Padrón de Importadores es
requisito contar con su Firma Electrónica Avanzada.
Servicios que la utilizan de manera
opcional:
A continuación se indican los servicios que pueden ser
utilizados opcionalmente con Fiel o con la Clave de Identificación Electrónica
Confidencial (CIEC), disponibles en la Oficina Virtual del SAT.
·
Declaración anual de personas físicas
(DECLARASAT y DECLARASAT en línea).
·
Avisos al RFC por Internet
·
Declaraciones para la corrección de datos
·
Declaraciones estadísticas (ceros)
·
Reimpresión de acuses
·
Aviso de destrucción de bienes
·
Consulta de transacciones
·
Consulta de devoluciones
·
Declaración informativa de operación con
terceros (DIOT)
Firma de documentos electrónicos
Para la firma
de documentos electrónicos se necesita:
·
Una
clave o llave privada (archivo electrónico con extensión KEY) y su respectiva
contraseña de acceso.
·
Un
certificado digital (archivo electrónico con extensión CER) expedido por
el SAT, que contiene la clave o llave pública del titular de la
Fiel.
Procedimiento:
El primer
paso para firmar documentos electrónicos consiste en aplicar una “función
resumen” al documento que se desea enviar.
Esta función convierte un archivo electrónico de cualquier tamaño en
pequeño texto cifrado (que recibe el nombre de "resumen"), a los
resúmenes se les conoce como las "huellas digitales" de los
archivos electrónicos y la probabilidad de tener dos resúmenes iguales
para dos documentos distintos es casi nula.
Una vez
obtenido el resumen del documento, éste es cifrado utilizando la llave privada
del emisor del mensaje (archivo electrónico con extensión KEY). El
resultado es lo que se denomina “firma electrónica”, misma que se anexa al
mensaje original.[4]
Cualidades de un documento firmado de
manera electrónica
Por sus características la Fiel tiene
las siguientes cualidades:
·
Es única por documento y signatario.
·
Es posible identificar al autor.
·
Es infalsificable.
·
Es imposible de transferir a otro documento.
Adicionalmente, un mensaje firmado
electrónicamente tiene las siguientes características:
·
Integridad,
se puede detectar si el mensaje original fue modificado.
·
No
repudio, el autor del mensaje no puede decir que no lo hizo.
·
Autenticidad,
el emisor del mensaje queda acreditado, y su “firma electrónica” tendrá la
misma validez que una firma autógrafa.
·
Confidencialidad,
es decir, sólo el receptor puede descifrar la información contenida.