jueves, 7 de noviembre de 2013


FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA.

La Firma Electrónica Avanzada "Fiel" es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa.

Por sus características, la Fiel brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su uso se puede identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificado.

Su diseño se basa en estándares internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en inglés: Public Key Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves para el envío de mensajes:

La "llave o clave privada" que únicamente es conocida por el titular de la Fiel, que sirve para cifrar datos; y

La "llave o clave pública", disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos, con la que se descifran datos. En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.[1]

La Firma Electrónica Avanzada (Fiel), a diferencia de la Contraseña, es un mecanismo de acceso más completo, toda vez que para su obtención, es necesario recabar datos biométrico (datos de identidad (fotografía, huellas dactilares, escaneo de iris, captura de firma autógrafa y escaneo de documentos) ; asimismo, la Fiel se conforma de una clave privada, un certificado y una contraseña de acceso, teniendo el mismo peso jurídico que una firma autógrafa; mientras que la Contraseña, es solo un mecanismo de acceso conformado por el RFC y la contraseña.

En México:

Las dependencias del gobierno federal y órganos desconcentrados que utilizan firmas electrónicas para la presentación de trámites de manera remota son:

·         Enlace a un sitio externo Banco de México 

·         Enlace a un sitio externo Secretaría de la Función Pública

·         Secretaría de Economía

·         Enlace a un sitio externo Instituto Mexicano del Seguro Social[2]

SERVICIOS QUE UTILIZAN FIEL

Servicios que la utilizan obligatoriamente:

·         PEDIMENTOS ADUANALES

·         A partir del 1° de abril de 2005 para la elaboración y transmisión de pedimentos por parte de agentes aduanales, mandatarios y apoderados.

·         Declaración patrimonial de funcionarios públicos (DECLARANET).

·         DICTÁMENES FISCALES

·         A partir del 2005 para los Contadores Públicos Registrados y los contribuyentes que dictaminan estados financieros.

·         EXPEDIENTE INTEGRAL DEL CONTRIBUYENTE

·         Esta  nueva alternativa de consulta le permite mantenerse al tanto de su situación fiscal así como el estado de sus obligaciones fiscales sin tener que trasladarse a alguno de los módulos de atención del SAT.

·         COMPROBANTES FISCALES DIGITALES

·         A partir del 2005 usted puede emitir comprobantes fiscales de manera electrónica.  Utilice la Fiel para solicitar los folios y certificados de sello digital requeridos para la emisión de comprobantes.

·         DONATARIAS AUTORIZADAS

·         Para presentar vía electrónica el aviso en el que, bajo protesta de decir verdad, se declare seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones para continuar con la autorización.

·         DEVOLUCIONES CUYO IMPORTE SEA MAYOR O IGUAL A 13,970 PESOS ACTUALIZADOS

·         Los contribuyentes que tengan cantidades a su favor cuyo monto sea igual o superior a 13,970 pesos (actualizados) y soliciten su devolución, además de reunir los requisitos a que se refieren las disposiciones fiscales, en el momento de presentar la solicitud deberán contar con Fiel.

·         PADRÓN DE IMPORTADORES

·         Aquellos contribuyentes que soliciten la inscripción al Padrón de  Importadores es requisito contar con su Firma Electrónica Avanzada.

Servicios que la utilizan de manera opcional:

A continuación se indican los servicios que pueden ser utilizados opcionalmente con Fiel o con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), disponibles en la Oficina Virtual del SAT.

·         Declaración anual de personas físicas (DECLARASAT y DECLARASAT en línea).

·         Avisos al RFC por Internet

·         Declaraciones para la corrección de datos

·         Declaraciones estadísticas (ceros)

·         Reimpresión de acuses

·         Aviso de destrucción de bienes

·         Consulta de transacciones

·         Consulta de devoluciones

·         Declaración informativa de operación con terceros (DIOT)[3]

Firma de documentos electrónicos


Para la firma de documentos electrónicos se necesita:

·         Una clave o llave privada (archivo electrónico con extensión KEY) y su respectiva contraseña de acceso.

·         Un certificado digital (archivo electrónico con extensión CER) expedido por el SAT, que contiene la clave o llave pública del titular de la Fiel. 

Procedimiento:

El primer paso para firmar documentos electrónicos consiste en aplicar una “función resumen” al documento que se desea enviar.

Esta función convierte un archivo electrónico de cualquier tamaño en pequeño texto cifrado (que recibe el nombre de "resumen"), a los resúmenes se les conoce como las "huellas digitales" de los archivos electrónicos y la probabilidad de tener dos resúmenes iguales para dos documentos distintos es casi nula.

Una vez obtenido el resumen del documento, éste es cifrado utilizando la llave privada del emisor del mensaje (archivo electrónico con extensión KEY).  El resultado es lo que se denomina “firma electrónica”, misma que se anexa al mensaje original.[4]


http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/imagenes/fea/FEA1.jpg

 

Cualidades de un documento firmado de manera electrónica

Por sus características la Fiel tiene las siguientes cualidades:

 

·         Es única por documento y signatario.

·         Es posible identificar al autor.

·         Es infalsificable.

·         Es imposible de transferir a otro documento.

 

Adicionalmente, un mensaje firmado electrónicamente tiene las siguientes características:

·         Integridad, se puede detectar si el mensaje original fue modificado.

·         No repudio, el autor del mensaje no puede decir que no lo hizo.

·         Autenticidad, el emisor del mensaje queda acreditado, y su “firma electrónica” tendrá la misma validez que una firma autógrafa.

·         Confidencialidad, es decir, sólo el receptor puede descifrar la información contenida.



[1] http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/60_11498.html, consultada el día siete de noviembre de dos mil trece.
[2] http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/60_6613.html, consultada el día siete de noviembre de dos mil trece.
[3] http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/60_6620.html, consulta realizada el día siete de noviembre del año dos mil trece.
[4] http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/60_11499.html, consulta realizada el dia siete de noviembre del año dos mil trece.

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