viernes, 21 de mayo de 2010

DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN

TRES GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS Y SUS CARACTERÍSTICAS


Las potencialidades del hombre, la capacidad de desarrollo, no debe ser coartada por las condiciones de vida, todo hombre tiene derecho al pleno desarrollo de sus capacidades, sin que el poder público o los demás miembros de la sociedad puedan impedírselo, los derechos humanos son fundamentales por que el fin al que el hombre aspira, es alcanzar su realización en todas las esferas y para alcanzar este objetivo no basta, con subsistir, es necesario contar con las condiciones que permitan que a través del esfuerzo, alcance sus metas, tanto económicas, como sociales, espirituales y demás, teniendo como único límite sus propias capacidades.
Los derechos humanos son inherentes al hombre, a pesar de ello, el reconocimiento de estos ha sido producto de lucha en distintos momentos de nuestra historia y su concepción ha ido evolucionando en medida de que la propia humanidad ha evolucionado, lo que significa, que estos siempre le han pertenecido al hombre, pero lo que hace que estos aparezcan en la vida jurídica es su reconocimiento, puesto que su existencia es anterior.
Es así como podemos afirmar que cuando hablamos de derechos humanos, nos referimos a todos los derechos fundamentales del hombre, derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, ámbitos en los que el hombre desarrolla su actividad, siendo estos reconocidos y por ende protegidos.
Los derechos humanos se caracterizan por ser universales, inalienables, indivisibles y permanentes. Carlos Francisco Roldán Quintana en su libro “Derechos Humanos” señala que de acuerdo a la doctrina jurídica las características de estos derechos son: Generalidad, Imprescriptibilidad, Intransferibilidad y Permanencia.
La generalidad se refiere al hecho de que estos derechos corresponden a todos los seres humanos sin importar sexo, raza, condición económica, nacionalidad, creencias, etc., esta característica también está relacionada con la universalidad, ya que los derechos humanos le pertenecen al hombre, independientemente del lugar en que habite.
Son imprescriptibles, ya que estos no se pierden por el paso del tiempo, le pertenecen al hombre desde que nace y hasta el momento de su muerte.
Son intransferibles, ellos no pueden ser transmitidos por ninguna circunstancia. Esta característica se identifica con la inalienabilidad por la que ningún hombre puede ser despojado de ellos, ni aún renunciar por su propia voluntad.
Son permanentes. No tienen temporalidad, no se encuentran limitados a un periodo de tiempo.
Todas estas características hacen de los derechos humanos un bien necesario en toda sociedad, bien que es producto o conquista del ser humano a través de la lucha y la razón, con menor o mayor reconocimiento y protección en cada conglomerado, desde luego el reconocimiento y protección deben alcanzar niveles óptimos, que permitan su ejercicio.
En 1979, durante la conferencia para el Instituto Internacional de los Derechos Humanos en Estrasburgo, el jurista Checoslovaco Karel Vasak, introdujo el concepto de las tres generaciones de los derechos humanos, inspirado en la bandera francesa, libertad, igualdad y fraternidad, en esta exposición se vio reflejada el orden de reconocimiento de los derechos humanos a nivel mundial.
Derechos humanos de primera generación. Se refiere a aquellos derechos fundamentales del hombre que protegen derechos individuales de carácter civil y políticos, como lo son el derecho a la vida, la libertad, la seguridad, la propiedad, derechos que limitan la acción del poder estatal ante el individuo.
Derechos humanos de segunda generación, estos derechos protegen aquellos derechos que corresponden al hombre como parte de una clase social, y tienen como propósitos, un mínimo de condiciones de subsistencia, como lo son los derechos sociales y económicos: derecho a la educación, al trabajo, a la seguridad social, la vivienda digna, la salud, el derecho de huelga, encaminados a la obtención de la igualdad.
Derechos humanos de tercera generación, son aquellos derechos que pertenecen al hombre como parte de una comunidad, los cuales pertenecen a todos, también son llamados derechos de incidencia colectiva, o derechos difusos, esto debido a que la titularidad no corresponde al hombre de manera individual, a estos derechos pertenecen el derecho a vivir en un medio ambiente sano, a la conservación del patrimonio cultural, derechos del consumidor, la libre determinación de los pueblos, derecho a la paz.
La clasificación de los derechos humanos tienen como fin principalmente su identificación, pero también se caracterizan por determinados niveles de protección, por ejemplo los derechos humanos de primera generación, tienen el carácter de garantías individuales dentro de nuestra constitución y cuentan con la protección jurisdiccional, principalmente a través del juicio de amparo en contra de actos violatorios emitidos por las autoridades del poder público, cuando son vulnerados por otros miembros de la sociedad cuentan con acciones civiles y penales para lograr su restitución.
Los derechos humanos de segunda generación, establecidos en nuestra constitución, también cuentan con garantía y protección jurisdiccional, mediante el juicio de amparo y la legislación laboral y de seguridad social.
El derecho de vivir en un medio ambiente adecuado para nuestro desarrollo, es reconocido por nuestra carta fundamental, en su artículo cuarto, pero a diferencia de los derechos humanos de primera y segunda generación, estos no cuentan con la garantía y protección jurisdiccional, estos son protegidos de manera indirecta mediante el ordenamiento administrativo.

Legitimación activa en la protección al ambiente

LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

Tomando en cuenta el crecimiento exponencial de la población, la falta de planeación en el crecimiento de la mancha urbana, la extrema pobreza, que pone en riesgo, la conservación de las reservas ecológicas, debido a que las comunidades que las habitan, al no contar con medios suficientes de subsistencia, se ven en la necesidad de explotar de manera clandestina los bosques, traficar con especies de animales en peligro de extinción, además de esto, las industrias que vierten aguas residuales en los causes de los ríos, falta de infraestructura en el manejo de los residuos sólidos, etc., parece que no lo estamos haciendo bien.
El reconocimiento que de este derecho hace la constitución, no debe ser sólo una buena intención, para que este sea una realidad es necesario que el orden jurídico de nuestro país, genere los mecanismos necesarios para su protección, no sólo a través de las leyes administrativas, sino también permitiendo el acceso a la justicia ambiental, determinando a quien corresponde la legitimación activa, que le permita ejercer acciones de carácter civil, y en los casos en los que el peligro de daño sea inminente con consecuencias de imposible reparación, el acceso al juicio de amparo, desde luego tomando medidas importantes, como una constante campaña de concientización, programas formales de educación ambiental en nuestro sistema educativo, mayor presupuesto a las autoridades ambientales, para que realice mejor la tarea de vigilancia y supervisión
Para poder considerar la posibilidad de la vía jurisdiccional de protección del ambiente, es necesario el análisis de las características del derecho a vivir en un medio ambiente sano. Así como los principios rectores del proceso en nuestro sistema jurídico.
Dentro de nuestro sistema procesal existen una serie de requisitos con los que debe contar el sujeto de derecho, para poder ejercer una acción, estos son presupuestos básicos del proceso, condiciones necesarias para que un procedimiento jurisdiccional se pueda desarrollar, en el contexto de los derechos humanos de tercera generación, se presenta un problema, este es, que debido a que los mismos son de incidencia colectiva, el interés jurídico le corresponde al total de la población, este no se manifiesta de manera individual o determinada, para saber a quién corresponde representar dicho interés.
El interés jurídico se refiere a la situación del sujeto en relación a una pretensión que requiere satisfacer, esto derivado de una relación jurídica, en el caso del derecho a un medio ambiente sano, la relación se instaura en el momento de que existe una posibilidad de daño, en donde el que realiza el daño, también se ve afectado, pero podemos decir que este se coloca en el lugar del obligado frente al resto del conglomerado social, al realizar una conducta contraria al ordenamiento jurídico, causando un estado de necesidad, entonces todos deberíamos tener la posibilidad de exigir la reparación o prevención del daño.

DERECHOS HUMANOS

DERECHOS HUMANOS
Definir los derechos humanos es una labor que no ha alcanzado su exhaustividad, debido a que sus límites o los derechos que estos abarcan, se puede decir que están en constante evolución, debido principalmente a las cambiantes circunstancias de la sociedad, las relaciones que dentro de esta se practican, manifiestan nuevas características, derivadas de la globalización, las nuevas tecnologías en comunicación, la investigación sobre el genoma humano, las constantes fluctuaciones en la economía mundial, la desigualdad, concentración de capitales, la pobreza extrema, nuevas formas de represión y subempleos, debido a esto, es necesario tomar en cuenta no sólo aquellos derechos que garantizan al hombre la subsistencia, sino también aquellas condiciones que son necesarias para la conservación de la dignidad, tanto en el ámbito nacional como internacional, ya que los derechos humanos no son propios de los habitantes de una nación, ciudad o pueblo, ellos existen en donde quiera que los hombres habiten, por ser estos de carácter universal.

Las Organizaciones Civiles

LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

En la actualidad las organizaciones de la sociedad civil han adquirido gran relevancia por las actividades que desarrollan en pro de grupos vulnerables, así como su intervención en problemas sociales que muchas de las veces el Estado, por distintos motivos, no tiene la capacidad de atender con eficiencia, las asociaciones civiles son aglutinantes de la voluntad de los ciudadanos preocupados por el bien común y con vocación de servicio.
Las organizaciones de la sociedad civil son un conjunto de personas, recursos y valores, sin ánimo de lucro, unidos con el fin de lograr un objetivo común.
Las organizaciones civiles ofrecen la posibilidad de participar activamente en aquellas áreas que representan situaciones de carencia, problemas sociales que inciden en el bienestar de la comunidad, en sentido amplio materializan el concepto de solidaridad, que es el sentimiento de unidad basado en metas o intereses comunes
Cuando una persona decide participar en una asociación civil, es porque se siente identificado con el fin que persigue dicha asociación
La aportación del nuevo socio puede ser una cuota, colaborar con trabajo o conocimientos técnicos, con bienes o bien ser lo que se llama un socio pasivo, que al adherirse a la organización sólo manifiesta su apoyo e identificación con el fin que ésta persigue.
Participar de esta manera es uno de los primeros pasos para manifestar nuestro interés como parte de una sociedad, dejar la indiferencia atrás.

MEDIO AMBIENTE "UN DERECHO"

MEDIO AMBIENTE “UN DERECHO”

Globalización, comercio internacional, las grandes empresas trasnacionales, inversión extranjera y demás, lo que trae consigo desarrollo y avances en todas las áreas, sin embargo también ha provocado el deterioro del medio ambiente de manera exponencial y la sobre explotación de nuestros recursos naturales, por lo que es urgente tomar medidas que pongan límites a estas consecuencias, medidas jurídicas que tengan como fin, impedir acciones o actividades que puedan causar un daño ecológico irreversible y que propugnen por la restitución del medio ambiente deteriorado, no una indemnización o simples multas que por muy altas que sean, no compensan la perdida de nuestro entorno ambiental.
Pero en esos tiempos de sospecha, de crisis en la representación, donde los intereses protegidos son los de las fuerzas dominantes, poder económico, político; acaso no es una exigencia del futuro sobre nuestra generación, no estaremos para dar cuentas, o sí, la velocidad de destrucción es potencialmente mayor a lo que creíamos, o en verdad creemos que la ciencia nos dará la solución, procesos de recuperación del agua, purificación del aire por medio de tecnología, reconstrucción de la capacidad del suelo para producir alimentos, o mejor, alimentos concentrados con todas las propiedades de los naturales.
Cuál es la solución, existe alguna, alguien puede detener este deterioro, la tecnología nos da grandes beneficios, cual es el costo, desde luego el problema no es la tecnología, ni el avance que esta tiene, de hecho ese es el aspecto positivo, pero el uso que le da la humanidad, eso sí es alarmante, la humanidad tiene una historia y esta la denuncia.
Hemos mostrado nuestro egoísmo, nuestra capacidad de destrucción, nuestra falta de solidaridad, y luego la incoherencia, buscar agua en otro planeta para el caso de que nos tengamos que mudar, esto acaso no es ridículo, los líderes del mundo no ven a su alrededor, todavía la tierra tiene campos verdes, hermosos manantiales, caudalosos ríos, majestuosas montañas, áreas de bosques, que nos impide valorarlo, renovarlo y mantenerlo.

Esta creencia solo refleja que no hemos aprendido, acaso hemos olvidado que hace pocos ayeres, estando en la ciudad teníamos escondites secretos en los jardines naturales cerca de nuestra casa, que podíamos tomar agua de una noria o de la llave sin temer.
Que es lo que hace del medio ambiente un derecho fundamental, primero por qué nos pertenece, desde el momento mismo de la existencia, hemos nacido en el planeta tierra, de origen pertenecemos a él, y él nos pertenece, hay una relación directa, es el medio en el que se mantiene la vida, de el tomamos el aire que respiramos, respiración espontanea no sujeta a la voluntad, es un impulso vital, medio de donde derivan los alimentos, agua liquido sin el cual no podemos vivir, en fin lo que permite la vida es nuestra estancia en el planeta.
Necesitamos que alguien nos otorgue esa facultad, no, sólo necesitamos nacer, única condición original, y el hecho del nacimiento cobra significado jurídico, por el sólo hecho de nacer en una sociedad organizada.

REFLEXIONEMOS!
En la actualidad no hay cohesión social, hay división de ideales, estamos unos contra los otros, tenemos que reconocernos como tripulantes de un mismo barco.
Aquellos que tienen las posibilidades de subsistencia, aquellos que puede hacer el cambio, están bajo el dominio de la indiferencia, pues el sistema de cosas le ha hecho creer que han alcanzado sus sueños, tener una casa, un empleo, un auto, enviar a la escuela a sus hijos, sin mirar a su alrededor.
Liberarnos a través de la educación y la reflexión, despojarnos de nuestro egoísmo, participar en la vida pública y social de nuestro país, involucrarnos en la carencia ajena, exigir nuestra soberanía, ejercerla con autoridad moral, aspirar a ser ejemplares, es el reto de aquí y ahora.
Los forjadores de la Patria somos todos, el llamado urgente hoy es despertar en un nuevo amanecer de aptitud, compromiso, perseverancia, el máximo esfuerzo en toda actividad, primer paso de exigir.
Al fin y al cabo el propósito de nuestra vida es buscar la felicidad, la que debe estar sustentada en la razón, la felicidad que deriva de servir, de encontrar el objetivo de nuestra existencia, cuál es nuestra misión.
México, es un país rico en recursos naturales, cultura, tradiciones, pero principalmente es rico por su población, la que no ha desarrollado todo su potencial en esplendor, que viene arrastrando la distorsión de su propia identidad, que poco a poco va perdiendo sus raíces, que están siendo arrancadas por la decepción, hoy es el momento del reencuentro, la oportunidad esperada, es la idea de independencia que debe resplandecer.

lunes, 3 de mayo de 2010

Ética y Derecho (Teoría Jurídica Contemporánea)

Ética y Derecho.

Raíz latina ethos (costumbre), la ética es una disciplina filosófica que estudia que es la moral, la virtud, el deber, la felicidad, trata de determinar lo que en cada circunstancia debe ser considerado como bueno, malo, justo e injusto.

La palabra ética proviene del latín ethĭcus, y este del griego oikos. Etimológicamente, las palabras ética y moral tienen el mismo significado, con diferencia que moral deriva del latín (mos) y ética del griego (ethos). En consecuencia, a veces se llama a la ética moral.

Uno de sus problemas a resolver es determinar cómo se justifica racionalmente un sistema moral, cómo se ha de aplicar a los distintos ámbitos de la vida social.

El acto productivo de la ética es la costumbre de la comunidad y se aprende con la educación, a través de la enseñanza de padres a hijos y con la convivencia diaria en un grupo determinado, las normas morales sólo tienen sentido para el hombre que vive en sociedad, en razón de los efectos que nuestro comportamiento tiene sobre la comunidad, es así como se convierte en norma.

La ética nos pide que nos conduzcamos aún en contra de nuestras inclinaciones (íntimo placer), en contra de un interés egoísta, la sanción es la aprobación o desaprobación. Por lo tanto en la medida que aceptamos conductas que posiblemente no configuren un ilícito pero que desde el punto de vista de los valores y principios, sea reprochable, es necesario que manifestemos nuestro rechazo.

La relación entre ética y derecho es muy estrecha, ya que en principio el derecho persigue la justicia, el bien común, la felicidad social y la ética debería ser la guía que conduzca la creación de normas, el actuar por convicción y no por coacción. Una vez más podemos afirmar que el derecho es un instrumento creado por la propia sociedad, con el ánimo de alcanzar un mínimo de convivencia, el derecho sólo pide que el hombre sea al menos un buen ciudadano, un mínimo de buena conducta, obliga sólo dentro de los supuestos normativos, hace uso de la sanción, se encarga de la conducta externa con independencia de las motivaciones.

La ética busca la excelencia, pretende convencer al destinatario de las normas para que asuma el compromiso de lograr la virtud, es un discurso basado en razones, requiere del consentimiento de las personas, si como sociedad logramos que el sistema de normas éticas prevalezca sobre cualquier otro sistema de normas estaremos en camino de alcanzar el bien común.